En poco más de un mes las empresas españolas contarán con un a ley dedicada integra y específicamente a regular los secretos empresariales. Será la primera en nuestro país, después de que el pasado día 6 el Senado aprobara definitivamente el proyecto de dicha norma. Esta Ley de Secretos Empresariales se publicará en los próximos días en el BOE y entrará en vigor a los 20 días de dicha aprobación.
Esta norma traspone la Directiva Europea 2016/943, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícita.
Aunque los secretos empresariales ya contaban con protección en nuestro ordenamiento, se trata de la primera norma en España que los regulará de manera íntegra y específica. Se prevé que afecte principalmente a los sectores más innovadores, como los tecnológicos o los dedicados a las ciencias de la vida.
A pesar de llegar con un retraso de casi 8 meses desde que finalizó el plazo de transposición el pasado 9 de junio, la nueva ley ha sido recibida con optimismo ente los empresarios españoles, ya que supone una mayor y más eficaz protección para sus organizaciones. Una seguridad que queda garantizada gracias a las novedades de esta norma pionera:
  • Definición legal de secreto. la nueva norma establece claramente los requisitos necesarios para considerar una información como secreto. Este concepto es válido para información de cualquier tipo, incluyendo de manera no limitativa información técnica, científica, comercial u otra. La consideración de secreto requiere que la información sea secreta en el sentido de no ser fácilmente accesible para las personas del círculo donde se suele utilizar; tener un valor comercial real o potencial por ser secreta y que se hayan adoptado medidas razonables para mantenerla en secreto por el que ejerza su control legítimo.
  • Actos que se constituyen infracción y actuaciones ilícitas en relación con los secretos comerciales. Entre ellos destaca la inclusión explícita de la protección de los actos relacionados con la producción, oferta y comercialización de mercancía infractora, que se define como “aquellos productos y servicios cuyo diseño, características, funcionamiento, proceso de producción o comercialización se benefician de manera significativa de secretos empresariales obtenidos, utilizados o revelados de forma ilícita.”
  • Se establecen límites para proteger la mivilidd de los trabajadores y la negociación con sus representantes. Se trata de aclarar la diferencia entre la experiencia y el saber hacer adquiridos por el trabajador con su trabajo y los secretos empresariales de su empleador.
  • Defensa de los sectores innovadores. La nueva ley afecta principalmente a los sectores donde los secretos empresariales tienen un gran valor, como los sectores más innovadores, incluyendo entre otros los sectores más tecnológicos y de ciencias de la vida.
  • Se amplia el plazo de prescripción que pasa de 1 a 3 años (aunque no llega a los 5 años previstos para las patentes).
  • Protege la confidencialidad. La nueva norma refuerza las medidas de protección de la confidencialidad de la información en el marco de los procesos judiciales, así como endurece las medida en los casos de incumplimiento de las reglas de la buena fe procesal en este tipo de procedimientos.
  • Delimita como objeto susceptible de ser protegido cualquier ámbito de información o conocimiento que mantiene una empresa o del desarrollo de su negocio.

 

La nueva Ley de Secretos Empresariales no sólo cuenta con la beneplácito mayoritario de los empresarios españoles sino que también desde la judicatura se ve como una mayor garantía de la protección del secreto empresarial, ya que incluye un catálogo de acciones y medidas de defensa frente a las infracciones de secretos empresariales, entre las que destaca especialmente la introducción de medidas reforzadas para la protección de la información que deba divulgarse durante el procedimiento judicial.

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